Jubilación anticipada involuntaria: ¿Qué pasa si me despiden a los 60?
Perder el empleo cerca de la jubilación es un drama para muchas familias. Para proteger a estos trabajadores, la ley permite adelantar la jubilación hasta 4 años (el doble que la voluntaria), con condiciones ventajosas.
📊 Calcula tu jubilación gratisLa diferencia clave: Voluntaria vs Involuntaria
Si tú decides irte del trabajo para jubilarte (Anticipada Voluntaria), solo puedes adelantarla 2 años y la penalización (los coeficientes reductores) es dura.
Pero si te echan del trabajo por causas ajenas a tu voluntad (Anticipada Involuntaria o Forzosa), la ley te permite adelantar tu jubilación hasta 4 años antes de tu edad ordinaria, y además te castiga con coeficientes mucho más suaves.
Requisitos indispensables
No vale cualquier despido (por ejemplo, si te despiden de forma disciplinaria no tienes derecho). Se exigen estos requisitos:
- Tener al menos 33 años cotizados en toda tu vida laboral.
- Haber estado inscrito como demandante de empleo (apuntado al paro) durante al menos los últimos 6 meses inmediatamente anteriores a pedir la pensión.
- Que el cese del trabajo haya sido por causas objetivas (ERE, cierre de la empresa, causas económicas, muerte del empresario, etc.).
Los recortes (Coeficientes Reductores)
Al igual que en la voluntaria, adelantar el reloj implica un recorte de por vida en tu pensión, pero es mucho menor. Los recortes oscilan entre:
- El 0,50 % por cada mes de adelanto (si tienes menos de 38,5 años cotizados).
- Hasta el 0,375 % por cada mes de adelanto (si eres un "súper cotizante" con más de 44,5 años).
Por ejemplo, si adelantas tu jubilación 2 años exactos (24 meses) por un despido involuntario y tienes 35 años cotizados, tu pensión base se reducirá un 12 % de por vida. (Si fuera voluntaria, el recorte rondaría el 21 %).
¿Es buena idea el Convenio Especial?
Si te despiden a los 59 años y te quedas en el paro (cobrando el subsidio de mayores de 52), tus años finales cotizarán por bases muy bajas. En estos casos, a muchos trabajadores les compensa firmar un Convenio Especial con la Seguridad Social (pagando ellos mismos su propia cotización mensual) para proteger su base reguladora hasta que llegue el día de pedir la Jubilación Anticipada Involuntaria a los 61 o 62 años.
¿Quieres saber tu caso concreto?
Pon tus años cotizados y tu fecha de nacimiento y te decimos los años que te faltan y el porcentaje de pensión que te corresponderá.
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